El Director General de Infraestructuras y Programas de la Actividad
Física y Deporte de la Comunidad de Madrid, nos comunica que:
Tras la publicación del Decreto 4/2021, de 22 de enero, de la
Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen medidas
temporales para hacer frente a la COVID-19, queremos comunicaros que
la Comunidad de Madrid no restringe la actividad deportiva al no
identificar brotes reseñables en nuestro sector, algo que viene a
ratificar lo que siempre hemos defendido y no es otra cosa que se está
trabajando mucho y bien desde todos los agentes del sector así como
que la Actividad Física y el Deporte no es un problema en esta
pandemia, más bien y de forma inequívoca es parte de la solución, no
obstante, como es lógico sí hay otras medidas recogidas en dicho
Decreto que nos afectan como al resto del tejido empresarial y
social.
Es importante reseñar que estas medidas tienen una duración de 14
días y que, las mismas serán revocadas una vez concluya dicho marco
temporal y los indicadores epidemiológicos así lo permitan, en
consecuencia, una vez más, desde la Consejería de Deportes hacemos un
llamamiento para extremar las medidas de seguridad así como la
estricta aplicación de los protocolos establecidos para continuar
hacia la plena recuperación.
En relación a lo anteriormente expuesto la situación en la práctica
deportiva quedaría de la siguiente manera:
· Los entrenamientos y competiciones de
carácter autonómico, no sufren variación en cuanto a su capacidad de
movilidad entre zonas, confinadas o no.
· En la actividad deportiva federada, tanto
en los entrenamientos como en las competiciones de carácter
autonómico, su hora de terminación será a las 21,00h a fin
de asegurar el cumplimiento del horario de libre circulación de
personas establecido hasta las 22,00h.
· Los entrenamientos y competiciones de
carácter Nacional se regirán por el protocolo del CSD, es decir, se
podrá mantener dicha actividad con normalidad en los horarios
previamente establecidos para ella.
· En las instalaciones abiertas al público,
tanto públicas como privadas, su horario de cierre será el establecido
en las 21,00h, exceptuando aquellas que alberguen actividad deportiva
federada de ámbito Nacional, siendo ésta la única actividad que se
desarrolle en las mismas después del mencionado horario.
Para finalizar, me gustaría recalcar que estamos de nuevo ante un
momento muy delicado de la pandemia y una vez más estamos seguros que
el sector del deporte madrileño demostrará los sólidos valores que
ostenta y que nos hace ser un referente dentro del ámbito deportivo a
nivel nacional.
José Vicente Alba Paredes
Presidente de la FEMADO